Código Ético

12 de maig 2022

La Normativa Singular Reguladora de la Universidad Miguel Hernández de Elche (DOGV 137/1997 de 1 de abril de 1997), norma que regula durante el período constituyente la estructura, funcionamiento y competencias de la Universidad Miguel Hernández de Elche (en adelante UMH), contempla en su artículo 64, punto 1, la creación del Servicio de Calidad de la UMH como estructura específica. Con esta decisión, las Cortes Valencianas impulsaron que se implantara un sistema de calidad total, siendo la primera vez que este hecho se plantea a este nivel en la universidad española. Posteriormente, el 29 de enero de 1998, la UMH aprobó el reglamento de Órganos con Competencias en Materia de Calidad que, de forma explícita, recoge las funciones y competencias así como el marco de actuación para implantar un sistema de calidad en la UMH.

En Junio de 2000 la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña tomó la iniciativa de promover, para el conjunto de universidades y agencias de calidad universitaria, un código ético para sus miembros. Sumándose a esa iniciativa, parece razonable hacer público también nuestro compromiso ético con la Institución y con la labor que se lleva a cabo.

Trabajar en una Universidad es una actividad por sí sola estimulante. Hacerlo en una Universidad, como la Miguel Hernández, que desde el inicio de sus actividades ha hecho explícito su compromiso con la Calidad Total y que ha acometido el diseño e implantación de un completo Sistema de Calidad, supone un compromiso profesional para quienes forman parte de este proyecto. Que además esta experiencia tenga lugar en el ámbito de lo público, incrementa el nivel de exigencia para quienes forman parte del Servicio de Calidad. Este nivel de exigencia se concreta en el siguiente código ético:

  1. El Reglamento de Órganos con competencias en materia de Calidad de la UMH recoge las funciones y obligaciones que debe atender el personal del Servicio de Calidad. Dicho Reglamento contempla que las actividades de evaluación y de mejora de la calidad que se realicen deberán contar con la aprobación del Comité de Calidad de la Universidad.
  2. La metodología de trabajo a aplicar será la propia del ciclo de evaluación y mejora. El apoyo a procesos de evaluación y revisión en aras a la mejora continua constituyen la metodología básica de trabajo. La promoción de la cultura de mejora de la calidad es una de las obligaciones que debe asumir el personal.
  3. El personal de la Oficina de Gestión de la Calidad de la UMH velará por el respeto que merece la propiedad intelectual de las obras de carácter científico y técnico que deba utilizar en el ejercicio de sus funciones.
  4. El trabajo en equipo y la búsqueda de la mayor efectividad y eficiencia, proponiendo innovaciones y haciendo gala de iniciativas de mejora, son premisas que deben guiar todas las actuaciones del personal de la Oficina de Gestión de la Calidad de la UMH.
  5. Las decisiones que se adopten en el ámbito de las competencias de la Oficina de Gestión de la Calidad de la UMH responderán al interés público. En caso de existir intereses contradictorios, o cualesquiera otros intereses privados que pudiera afectar a su labor, éstos deben manifestarse con diligencia.
  6. El personal de la Oficina de Gestión de la Calidad de la UMH debe guardar confidencialidad de los datos e informaciones de que disponga con motivo de las acciones de evaluación y control que se realicen, así como mantener relaciones basadas en la honestidad y responsabilidad.
  7. Razonablemente todas las actuaciones y decisiones estarán sujetas a procedimientos documentados. Así mismo, se promoverá la estandarización de herramientas de evaluación y el recurso a indicadores fiables y objetivos de calidad universitaria.
  8. La Oficina de Gestión de la Calidad de la UMH mantendrá una política de comunicación e información responsable de sus actividades. Esta política de comunicación incluirá la información de resultados de las evaluaciones y mejoras logradas, bajo el principio de respeto a la confidencialidad de las personas y al conocimiento por parte de los interesados de los datos e informaciones que pudieran afectarles.
  9. El personal de la Oficina de Gestión de la Calidad de la UMH velará por un aprovechamiento razonable de los recursos de que se disponga, colaborando al mantenimiento de las infraestructuras y equipos.
  10. El personal de la Oficina de Gestión de la Calidad de la UMH procurará mantener en condiciones idóneas para realizar eficientemente las tareas asignadas, realizando una evaluación de las tecnologías antes de su incorporación, para asegurar un uso eficiente de las mismas. Así mismo, se asegurarán de la actualización de sus conocimientos a fin de satisfacer las demandas técnicas que se presenten.